Cómo se calcula
La Ley 29/1987 establece una referencia estatal, pero la administración competente y la normativa autonómica aplicable dependen del tipo de operación, la residencia y la ubicación de los bienes. Esta herramienta no liquida la normativa autonómica completa.
0. Base imponible individual
Introduce una base ya determinada para el beneficiario. El valor bruto puede cambiar por reglas de valoración, participación individual, cargas, deudas, gastos y, en inmuebles, el valor de referencia cuando proceda.
1. Reducción por parentesco (Art. 20)
En las herencias se resta primero una reducción según el grupo de parentesco: 15.956,87 € para hijos, cónyuge y ascendientes (Grupos I y II), 7.993,46 € para hermanos, tíos y sobrinos (Grupo III) y ninguna para el Grupo IV. En las donaciones, por regla general, no se aplica esta reducción.
2. Tarifa estatal (Art. 21)
Sobre la base liquidable se aplica una escala progresiva de 16 tramos, del 7,65 % al 34 %.
3. Coeficiente multiplicador (Art. 22)
La cuota íntegra se multiplica por un coeficiente según parentesco y patrimonio preexistente. Si el patrimonio cruza un tramo, la calculadora aplica el ajuste legal que limita el salto de cuota.
4. Sensibilidad autonómica
El porcentaje introducido es solo una sensibilidad manual sobre el resultado estatal. Antes de usarlo, verifica la comunidad competente y todas sus condiciones; una comunidad puede cambiar también reducciones, tarifa, coeficientes y deducciones.
Fuentes: Ley 29/1987 del ISD (BOE) · AEAT — administración y normativa competente · AEAT — preguntas frecuentes del ISD · Agencia Tributaria — Sucesiones y Donaciones · Reglamento del ISD (RD 1629/1991)
Calculadora informativa e independiente. El resultado es una referencia estatal no vinculante, no la cuota final. No determina la base imponible ni la administración competente y no incorpora la normativa autonómica completa, reducciones específicas, deducciones ni requisitos documentales. Consulta la administración competente o un profesional antes de declarar o decidir.